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Teatros, cines y centros culturales pueden funcionar con una capacidad máxima del 50%

Cines y teatros con nuevo aforo

21/07/2021Desde el sábado pasado, 17 de julio, los cines porteños pueden aumentar su capacidad máxima al 50 por ciento de su aforo al igual que los teatros y espacios culturales. También les está permitido extender su horario de cierre llevándolo a las 12 de la noche. Por su parte los museos pueden realizar visitas guiadas, actividades y talleres culturales. También están permitidas aquellas actividades escénicas que implican el baile de pareja. En el mismo sentido, los rodajes y grabaciones de ficción podrán tener un máximo de hasta 50 personas en el set. Todas las actividades se realizan bajo estrictos protocolos generados por el gobierno junto a cada sector.

 

EMBLEMA DEL BARRIO
PARQUE AVELLANEDA

Nombre dado por Ordenanza N° 26.607, Boletín Municipal 14.288 del 04/05/1972.

Límites: Av. Juan B. Alberdi, Escalada, Av. Castañares, Lacarra, Av Tte. Gral. Luis J. Dellepiane, Portela, Av. Directorio y Mariano Acosta.

Población total: 54.191

Hombres: 25.484

Mujeres: 28.707

Superficie: 5,1 Km2

Densidad poblacional: 10.614 Hab/km2

(Censo del 1º de julio de 2001 )

 
   

Teatros, cines y centros culturales pueden funcionar con una capacidad máxima del 50% cumpliendo con los protocolos  trabajados desde el Ministerio de Cultura de la Ciudad y el Ministerio de Salud de la Ciudad junto a representantes de cada sector.

Además pueden extender el horario de cierre hasta las 12 de la noche. Asimismo, se suman visitas guiadas a museos, se aumenta la capacidad máxima de cantidad de personas en los sets de filmación y se permiten los bailes en pareja.

 Sobre aforo y protocolos

Los cines y espacios culturales podrán aumentar su coeficiente de ocupación de aforo que será de un máximo del 50% en relación a la capacidad máxima habilitada, siempre y cuando la sala cuente con renovaciones de 40 m3/h por personas sin recirculaciones según lo establece el protocolo.

En el caso del protocolo para el desarrollo de actividades escénicas con público, que determina una distancia de 2 metros entre artistas en la interacción sobre el escenario tendrá las siguientes excepciones:

1) Escenas o representaciones que requieran mayor cercanía, las que podrán realizarse utilizando máscara facial o tapabocas, a menos que sean escenas o situaciones que impliquen momentos casuales de corta duración que no pueden tener una duración superior a 1 minuto, sin frontalidad cara a cara, donde no se requeriría el uso de los mismos.

2) aquellas actividades escénicas que impliquen el baile en parejas (por ejemplo shows de tango, entre otras posibles), las que podrán realizarse bajo las siguientes condiciones:

  Solo se permitirá la realización de estas prácticas por: parejas convivientes, parejas que sistemáticamente bailan juntas o por parejas que hayan completado el esquema de vacunación. Dichas condiciones, deberán quedar asentadas en una declaración jurada presentada al establecimiento.
  No se podrán realizar cambios de pareja en ningún momento.
  Los artistas deberán realizar la actividad manteniendo silencio durante el momento de contacto físico entre ellos.-

   
   

   
   

Respecto al protocolo para el rodaje/ grabación de ficciones para cine, televisión y contenidos para plataformas audiovisuales la modificación determina que la participación en el área de filmación quedará supeditada a tantas personas como el coeficiente de ocupación lo permita el presente protocolo no pudiéndose superar el total de 50 (CINCUENTA), siempre que la densidad de ocupación de espacios cumpla con UNA (1) persona cada quince (15) metros cuadrados de superficie libre.

En cuanto a las escuelas de danza, el protocolo para el desarrollo de actividad física en establecimientos públicos y privados (clubes, polideportivos, estudios de danza y afines) que determina una distancia de dos metros contempla la excepción de aquellas prácticas que impliquen el baile en parejas (por ejemplo el tango, entre otras posibles), las que podrán realizarse bajo las siguientes condiciones:

  Solo se permitirá la realización de estas prácticas por parejas convivientes o parejas que sistemáticamente bailan juntas. Dichas condiciones, deberán quedar asentadas en una declaración jurada presentada a la institución.
  No se podrán realizar cambios de pareja en ningún momento.
  Se deberá realizar la práctica manteniendo silencio durante el momento de contacto físico entre participantes.
  La actividad debe realizarse en todo momento con protectores faciales que cubran nariz, boca y mentón.-

En tanto, la modificación del protocolo para la visita de público a salas de museos de la Ciudad contempla que los museos podrán funcionar de lunes a domingos con recomendación de reserva previa para visitas guiadas. Se recomienda que la visita sea individual (entendida no como una única persona sino como una familia o una unidad de convivencia, que no supere las 4 personas). Se permitirán las visitas guiadas con reserva de turno y aforo según el distanciamiento indicado. Estará permitido el desarrollo de actividades de formación cultural según el protocolo vigente.

Carlos Davis

Fuente: Prensa Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

   
 

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